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¿Algo se está cociendo con la Terapia Hormonal en la menopausia?

Tras la denuncia realizada por la plataforma No Gracias http://www.nogracias.eu/, la Agencia Española del Medicamento y Productos Sanitarios (AEMPS) ha hecho pública una nueva nota informativa sobre la THS revisando los riesgos asociados a esta terapia y manteniendo las recomendaciones que realizó en un nota informativa del año 2004.

En esta nota se resume la información aportada por distintos estudios en los que se evidencia que la THS además de no proteger frente a la enfermedad cardiovascular, incrementa el riesgo de ictus, tromboembolismo venoso, cáncer de mama y de ovario.

A pesar de estos datos, que exigen limitar el uso de THS a casos concretos tras valorar cuidadosamente los beneficios frente a los riesgos parece que distintas asociaciones siguen empeñadas en resaltar las “bondades” de la THS y reubicarla de nuevo en el tratamiento de los síntomas asociados a la menopausia utilizando para ello distintos foros.

Recomendaciones THS – Nota Informativa 2008/16 de la AEMPS

La THS está indicada para aliviar los síntomas vasomotores asociados a la menopausia en aquellas mujeres que dichos síntomas les impidan o dificulten realizar sus actividades diarias y por tanto requieran tratamiento. Los riesgos de la THS aumentan con la duración del tratamiento y con la edad, por lo tal y como recomienda la ficha técnica, el tratamiento deberá ser a corto plazo (p.e. durante 2-3 años).

En la prevención de fracturas osteoporóticas, se requerirá normalmente un tratamiento a largo plazo, dado que el principal factor de riesgo de fracturas osteoporóticas es la edad y que el efecto de prevención desaparece con la interrupción del tratamiento. En estas condiciones, los riesgos se incrementan por lo que la THS debe considerarse un tratamiento de segunda línea, para aquellos casos en los que exista un riesgo de fractura elevado y no puedan ponerse en marcha otro tipo de medidas no administrarse otro tipo de fármacos.

En todos los casos, el tratamiento deberá ser individualizado, valorándose periódicamente la pertinencia de mantenerlo. Todas las mujeres, excepto aquellas que no conserven su útero, deben recibir terapia combinada (estrógenos junto con progestágenos administrados de forma continua o secuencial durante al menos 10 días al mes).

En mujeres sin sintomatología, no está justificado en ningún caso el tratamiento con terapia hormonal.

Los estudios disponibles no permiten establecer con suficiente base científica diferencias atendiendo a las dosis o formas sistémicas de administración de los preparados.

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